Paquete Económico 2027: sin nuevos impuestos, pero con menos margen de deducción
No suben las tasas ni se crean gravámenes. En cambio se topan las deducciones, se limita la amortización de pérdidas y se endurece la fiscalización.
- Retención de ISR por intereses — baja de 0.90% a 0.68%.
- Tope a deducciones autorizadas — personas morales con ingresos superiores a 50 millones y utilidad fiscal: 96.67% o 99.00% de los ingresos acumulables. El remanente se amortiza en los 20 ejercicios siguientes.
- Coeficiente de utilidad 2027 — los pagos provisionales aplican un factor de ajuste de 1.0658 o 2.6162 sobre el coeficiente.
- Pérdidas fiscales — la amortización se limita al 50% de la utilidad fiscal, y el plazo para aplicarlas pasa de 10 a 20 años.
- Grupos de sociedades — se deroga el régimen opcional. El ISR diferido acumulado se entera a más tardar el 31 de diciembre de 2027.
- RESICO personas físicas — el límite sube de 3.5 a 5 millones anuales, con la misma tasa máxima de 2.5%. El monto exento de AGAPES pasa de 900 mil a 1 millón.
- RESICO personas morales — el umbral sube de 35 a 50 millones anuales y el régimen pasa a ser opcional, con depreciación acelerada más alta para activo fijo.
- IVA al 7% en RESICO — opción de pagar una tasa fija de 7% sobre ingresos cobrados, renunciando al acreditamiento del IVA de compras e inversiones. Las personas físicas que la tomen quedan exentas de llevar contabilidad.
- Condonación de multas y recargos — 100%, para contribuyentes con ingresos de hasta 300 millones en 2025.
- Libros, periódicos y revistas — su enajenación pasa de exenta a tasa 0% de IVA, cuando representen al menos 90% de los ingresos por esos productos.
- Plataformas digitales — obligación de retener 2.5% de ISR (20% sin RFC) y 100% o 50% de IVA a personas morales que vendan bienes o servicios por internet.



